La confirmativa ficta se actualiza cuando la autoridad fiscal no resuelve ni notifica el recurso de revocación dentro del plazo legal de tres meses, permitiendo al contribuyente impugnar la confirmación tácita del acto.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa analiza la figura de la confirmativa ficta en el contexto de un recurso de revocación no resuelto en tiempo. Se establece que si la autoridad no emite y notifica una resolución expresa dentro de los tres meses posteriores a la interposición del recurso, se actualiza la confirmativa ficta, la cual puede ser impugnada por el contribuyente. El tribunal considera que la falta de notificación oportuna de la resolución expresa, incluso si esta se emite posteriormente, no convalida el acto, ya que la confirmativa ficta opera por mandato legal ante la omisión de la autoridad.
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