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1390/24-01-01-2ConcedeTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Primera Sala Regional en Baja California

La confirmativa ficta se actualiza cuando la autoridad fiscal no resuelve ni notifica el recurso de revocación dentro del plazo legal de tres meses, permitiendo al contribuyente impugnar la confirmación tácita del acto.

Expediente
1390/24-01-01-2
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
2 jun 2026
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La confirmativa ficta se actualiza cuando la autoridad fiscal no resuelve ni notifica el recurso de revocación dentro del plazo legal de tres meses, permitiendo al contribuyente impugnar la confirmación tácita del acto.

Resumen

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa analiza la figura de la confirmativa ficta en el contexto de un recurso de revocación no resuelto en tiempo. Se establece que si la autoridad no emite y notifica una resolución expresa dentro de los tres meses posteriores a la interposición del recurso, se actualiza la confirmativa ficta, la cual puede ser impugnada por el contribuyente. El tribunal considera que la falta de notificación oportuna de la resolución expresa, incluso si esta se emite posteriormente, no convalida el acto, ya que la confirmativa ficta opera por mandato legal ante la omisión de la autoridad.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.