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SJF · Tesis

La patria potestad, en cuanto poder de decisión y conducción de hechos y actos necesarios para su ejercicio, es la única susceptible de generar consecuencias jurídicas por incumplimiento de sus obligaciones, a diferencia de la titularidad y la potencialidad.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 jun 2012
Materia
civil
Sentido

Holding · resolución sintética

La patria potestad, en cuanto poder de decisión y conducción de hechos y actos necesarios para su ejercicio, es la única susceptible de generar consecuencias jurídicas por incumplimiento de sus obligaciones, a diferencia de la titularidad y la potencialidad.

Resumen

El presente fallo distingue tres posiciones respecto a la patria potestad: la titularidad, la potencialidad y el poder de decisión. Se determina que solo el poder de decisión, entendido como la facultad de ejercer la patria potestad y tomar las decisiones necesarias para su cumplimiento, puede generar consecuencias jurídicas por incumplimiento de sus obligaciones. Las otras dos posiciones, titularidad y potencialidad, no son susceptibles de generar conductas que individualicen las causales de privación de la patria potestad.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.