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125/2025-CANiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

El desechamiento de una acción de inconstitucionalidad no deja en estado de indefensión al partido político accionante, pues este cuenta con el juicio de amparo para la defensa de sus intereses.

Expediente
125/2025-CA
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
11 dic 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

El desechamiento de una acción de inconstitucionalidad no deja en estado de indefensión al partido político accionante, pues este cuenta con el juicio de amparo para la defensa de sus intereses.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el desechamiento de una acción de inconstitucionalidad no genera indefensión al partido político que la promovió, ya que este puede recurrir al juicio de amparo para la defensa de sus derechos. Se enfatiza la existencia del amparo como vía para la protección de intereses, incluso en materia electoral, distinguiendo entre la materia electoral directa e indirecta.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.