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3401/25-05-03-8OtroTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Tercera Sala Regional en Coahuila y Auxiliar

La indebida fundamentación de la competencia de una autoridad administrativa, al invocar un ordenamiento legal abrogado, genera la ilegalidad del acto de molestia y, por ende, la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada.

Expediente
3401/25-05-03-8
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
2 jun 2026
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La indebida fundamentación de la competencia de una autoridad administrativa, al invocar un ordenamiento legal abrogado, genera la ilegalidad del acto de molestia y, por ende, la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada.

Resumen

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad lisa y llana de una boleta de infracción emitida por la Guardia Nacional. La ilegalidad se fundamentó en que la autoridad invocó como sustento de su competencia un decreto que ya había sido abrogado al momento de la emisión del acto. El tribunal determinó que la indebida fundamentación de la competencia, al citar un ordenamiento no vigente, contraviene el artículo 16 Constitucional y genera la nulidad del acto, sin que pueda subsanarse por el órgano jurisdiccional.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.