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563/2023TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, con residencia en Cancún, Quintana Roo

La falta de fundamentación y motivación en la graduación de una sanción, al oscilar su límite temporal entre veinticuatro horas y quince días, es un vicio que trasciende al resultado del fallo, pues impide al gobernado conocer las razones específicas por las cuales se determinó la imposición de una sanción en particular.

Expediente
563/2023
Tribunal
Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, con residencia en Cancún, Quintana Roo
Ponente
Gema Ayecac Jiménez
Fecha
18 may 2026
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La falta de fundamentación y motivación en la graduación de una sanción, al oscilar su límite temporal entre veinticuatro horas y quince días, es un vicio que trasciende al resultado del fallo, pues impide al gobernado conocer las razones específicas por las cuales se determinó la imposición de una sanción en particular.

Resumen

El presente asunto versa sobre la falta de fundamentación y motivación en la graduación de una sanción, la cual se considera ilegal al existir un rango temporal amplio (de veinticuatro horas a quince días) sin que la autoridad explique las razones específicas para la imposición de la sanción. El tribunal colegiado determinó que esta deficiencia es un vicio que afecta la legalidad del acto, ya que el gobernado no puede conocer el porqué de la sanción impuesta.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.