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660/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído

SAT impone multa de $22,400.00 (veintidós mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.) a contribuyen por no presentar la documentación total de los documentos e información en términos de los artículos 85, fracción I y 86, fracción I, ambos del Código Fiscal de la Federación. Niega. En los conceptos de violación la quejosa aduce particularmente que es incorrecta la imposición de la multa ya que presentó de forma parcial la documentación solicitada toda vez que eran documentos que no eran parte de su contabilidad y que se trataban de documentos a manera de integraciones, por lo que no debió imponerse dicha infracción toda vez que el artículo 85, fracción del Código Fiscal de la Federación no refiere a que deba ser la omisión de la totalidad de la documentación requerida. De igual forma, que no son aplicables las tesis señaladas por la Sala responsable, que la documentación era de difícil obtención. Son infundados, por una parte y, por otra, inoperantes.

Expediente
660/2025
Tribunal
Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Ricardo Olvera Garcia
Fecha
14 ene 2026
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

SAT impone multa de $22,400.00 (veintidós mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.) a contribuyen por no presentar la documentación total de los documentos e información en términos de los artículos 85, fracción I y 86, fracción I, ambos del Código Fiscal de la Federación. Niega. En los conceptos de violación la quejosa aduce particularmente que es incorrecta la imposición de la multa ya que presentó de forma parcial la documentación solicitada toda vez que eran documentos que no eran parte de su contabilidad y que se trataban de documentos a manera de integraciones, por lo que no debió imponerse dicha infracción toda vez que el artículo 85, fracción del Código Fiscal de la Federación no refiere a que deba ser la omisión de la totalidad de la documentación requerida. De igual forma, que no son aplicables las tesis señaladas por la Sala responsable, que la documentación era de difícil obtención. Son infundados, por una parte y, por otra, inoperantes.

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