El desistimiento del recurso de inconformidad, una vez ratificado, tiene como efecto jurídico la anulación de todos los actos procesales verificados, considerando no reclamado el acuerdo impugnado y, en consecuencia, adquiriendo firmeza legal.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió un recurso de inconformidad promovido contra la declaratoria de cumplimiento de una sentencia de amparo. La quejosa, tras interponer el recurso, se desistió del mismo. El desistimiento fue ratificado por la promovente, lo que llevó a la Sala a tener por no reclamado el acuerdo impugnado y, por ende, a declarar que dicho acuerdo adquiere firmeza legal.
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