La vigencia anual de las Leyes de Ingresos y los presupuestos de egresos, al concluir, impide el análisis de su constitucionalidad, pues la materia de impugnación no puede producir efectos posteriores.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se declaró competente para conocer de una acción de inconstitucionalidad promovida por el Poder Ejecutivo Federal contra diversas disposiciones de Leyes de Ingresos de municipios de Nayarit para el ejercicio fiscal 2024. Sin embargo, al tratarse de leyes de vigencia anual, y habiendo concluido dicho ejercicio fiscal, la Corte determinó que la materia de impugnación ya no puede producir efectos, lo que imposibilita realizar un pronunciamiento de fondo sobre su constitucionalidad.
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