Las aportaciones complementarias y voluntarias destinadas a planes personales de retiro no son deducibles del ISR si la institución administradora no cuenta con autorización previa del SAT y no se encuentra publicada en el listado correspondiente.
La Sala Regional determinó que las aportaciones complementarias y voluntarias realizadas a planes personales de retiro no son deducibles para efectos del Impuesto Sobre la Renta si la institución administradora no está autorizada por el SAT y no aparece en el listado oficial. El actor argumentó que sus aportaciones a la subcuenta de aportaciones complementarias no requerían dicha autorización, pero el tribunal consideró que el comprobante fiscal indicaba una clave de retención correspondiente a planes personales de retiro, y el actor no probó que las aportaciones se destinaran a una cuenta individual regulada por la Ley del SAR. Por lo tanto, al no cumplirse el requisito de autorización de la administradora, se confirmó la negativa de la devolución de saldo a favor.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.