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6067/2024NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La revisión adhesiva es improcedente cuando se interpone por un funcionario que no cuenta con facultades para representar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en ausencia de los titulares de las direcciones generales de amparos contra leyes y contra actos administrativos, y de la subprocuraduría fiscal federal de amparos.

Expediente
6067/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LENIA BATRES GUADARRAMA
Fecha
9 oct 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La revisión adhesiva es improcedente cuando se interpone por un funcionario que no cuenta con facultades para representar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en ausencia de los titulares de las direcciones generales de amparos contra leyes y contra actos administrativos, y de la subprocuraduría fiscal federal de amparos.

Resumen

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió sobre la improcedencia de un recurso de revisión adhesivo. El recurso fue interpuesto por un funcionario de la SHCP en ausencia de los titulares de diversas áreas. La Sala determinó que dicho funcionario carecía de las facultades necesarias para representar a la Secretaría en dicho contexto, lo que resultaba en la improcedencia del recurso. La decisión se basó en la falta de legitimación del firmante para interponer la revisión adhesiva.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.