La concesión de pensiones por jubilación por parte de un Congreso Local con cargo al presupuesto de otro Poder de la misma entidad federativa, sin la transferencia de recursos, vulnera la autonomía presupuestal y el principio de división de poderes.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el Poder Judicial del Estado de Morelos contra el decreto del Congreso Local que concedía una pensión por jubilación a un ex trabajador de dicho Poder Judicial, cargando el pago al presupuesto del Poder Judicial sin transferir los recursos necesarios. La Corte determinó que este acto vulnera la autonomía de gestión presupuestal del Poder Judicial y el principio de división de poderes, al invadir la esfera de competencia y facultades del Poder Judicial. Por lo tanto, se declaró la invalidez parcial del decreto en la porción que obligaba al Poder Judicial a sufragar la pensión sin la debida transferencia de fondos.
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