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267/2024SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación es el órgano competente para resolver las contradicciones de criterios entre tribunales colegiados de circuito, conforme a lo dispuesto en el artículo 226, fracción II, de la Ley de Amparo.

Expediente
267/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
Fecha
9 abr 2025
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación es el órgano competente para resolver las contradicciones de criterios entre tribunales colegiados de circuito, conforme a lo dispuesto en el artículo 226, fracción II, de la Ley de Amparo.

Resumen

El presente asunto versa sobre la competencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para conocer de una contradicción de criterios. El artículo 226, fracción II, de la Ley de Amparo establece que las contradicciones de criterios entre tribunales colegiados de circuito podrán ser denunciadas ante la Suprema Corte. Por lo tanto, se confirma la competencia de este Alto Tribunal para resolver el presente asunto.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.