La Suprema Corte de Justicia de la Nación es el órgano competente para resolver las contradicciones de criterios entre tribunales colegiados de circuito, conforme a lo dispuesto en el artículo 226, fracción II, de la Ley de Amparo.
El presente asunto versa sobre la competencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para conocer de una contradicción de criterios. El artículo 226, fracción II, de la Ley de Amparo establece que las contradicciones de criterios entre tribunales colegiados de circuito podrán ser denunciadas ante la Suprema Corte. Por lo tanto, se confirma la competencia de este Alto Tribunal para resolver el presente asunto.
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