El recurso de reclamación queda sin materia cuando el amparo directo en revisión que le dio origen ha sido previamente resuelto.
El presente recurso de reclamación se declaró sin materia al advertirse que el amparo directo en revisión 5608/2025, cuya legalidad del desechamiento se analizaba, ya había sido resuelto. El asunto original derivó de un juicio contencioso administrativo donde se determinó un crédito fiscal, el cual fue confirmado en amparo directo. Posteriormente, la quejosa interpuso recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.