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2358/22-02-01-9ConcedeTFJAConcede parcial11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Sala Regional en Sonora

La nulidad de una resolución administrativa debe declararse cuando la autoridad omite pronunciarse sobre la totalidad de las preguntas y respuestas de un dictamen pericial ofrecido por la parte actora, violando así el principio de exhaustividad.

Expediente
2358/22-02-01-9
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
2 mar 2026
Materia
fiscal
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La nulidad de una resolución administrativa debe declararse cuando la autoridad omite pronunciarse sobre la totalidad de las preguntas y respuestas de un dictamen pericial ofrecido por la parte actora, violando así el principio de exhaustividad.

Resumen

La Sala Regional en Sonora del Tribunal Federal de Justicia Administrativa resolvió declarar la nulidad de una resolución administrativa. La parte actora impugnó la resolución de un recurso de revocación que, a su vez, dejaba insubsistente una determinación de crédito fiscal. La Sala determinó que la autoridad demandada, al emitir la resolución del recurso de revocación, omitió pronunciarse sobre la totalidad de las preguntas y respuestas del dictamen pericial ofrecido por la actora, lo cual contraviene el principio de exhaustividad. Por lo tanto, se declaró la nulidad para que la autoridad emitiera una nueva resolución debidamente fundada y motivada, pronunciándose sobre todos los aspectos del dictamen pericial.

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