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2029/2015ConcedeTCC10ª Época✓ Fuente verificada
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Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, en su carácter de ordinario

La concesión de la suspensión definitiva procede cuando se cumplen los requisitos legales, confirmando la interlocutoria que así lo determinó.

Expediente
2029/2015
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, en su carácter de ordinario
Ponente
Luis Fernando Angulo Jacobo
Fecha
10 feb 2016
Materia
administrativa
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La concesión de la suspensión definitiva procede cuando se cumplen los requisitos legales, confirmando la interlocutoria que así lo determinó.

Resumen

El tribunal desechó los recursos de revisión interpuestos por el Presidente de la República y el Secretario de Hacienda y Crédito Público. Posteriormente, confirmó la interlocutoria que había concedido la suspensión definitiva a la parte quejosa, otorgando la protección solicitada respecto de los efectos y consecuencias de las normas reclamadas.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.