Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Gto· tema sin holding extraído
Se desecha el recurso de queja ya que el auto impugnado no causa perjuicio irreparable a la parte recurrente que justifique la procedencia de la queja prevista en el artículo 97, fracción I, inciso e), de la Ley de Amparo.
Expediente
192/2025
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Gto
Ponente
Javier Cruz Vázquez
Fecha
21 nov 2025
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Se desecha el recurso de queja ya que el auto impugnado no causa perjuicio irreparable a la parte recurrente que justifique la procedencia de la queja prevista en el artículo 97, fracción I, inciso e), de la Ley de Amparo.
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