La omisión de estudio de los agravios en una apelación solo puede reclamarse en amparo si se precisan cuáles conceptos de violación no fueron analizados y se exponen los razonamientos lógico-jurídicos que demuestran que se combatieron las consideraciones de la sentencia recurrida.
El presente criterio establece que para que proceda el amparo por omisión de estudio de agravios en apelación, el quejoso debe señalar específicamente qué argumentos no fueron analizados por el tribunal de alzada. Además, es indispensable que exponga los razonamientos lógico-jurídicos que demuestren que dichos argumentos sí combatieron las consideraciones de la sentencia recurrida, y que a pesar de ello, fueron pasados por alto. El amparo en materia civil es de estricto derecho, por lo que no permite un análisis general del acto reclamado.
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