La reforma a la Ley General de Bienes Nacionales que traslada facultades de la Secretaría de la Función Pública a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sin modificar la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, vulnera los derechos de legalidad y seguridad jurídica por generar antinomias e inseguridad en la esfera competencial de las dependencias.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la reforma al artículo 2, fracción IX, de la Ley General de Bienes Nacionales, que modificó la definición de "Secretaría" para referirse a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en lugar de la Secretaría de la Función Pública. El tribunal determinó que esta reforma, al no ser acompañada de una modificación a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, genera una antinomia y traslada facultades sin una base legal congruente. Dicha situación vulnera los derechos fundamentales de legalidad y seguridad jurídica al crear inseguridad sobre las competencias de ambas secretarías.
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