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2058/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La procedencia del recurso de revisión en amparo directo se actualiza cuando la sentencia recurrida resuelve sobre la constitucionalidad de una norma general, la interpretación directa de un precepto constitucional o de un derecho humano, o cuando se omite su estudio, siempre que el asunto, a juicio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, revista un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos.

Expediente
2058/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
Fecha
25 jun 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La procedencia del recurso de revisión en amparo directo se actualiza cuando la sentencia recurrida resuelve sobre la constitucionalidad de una norma general, la interpretación directa de un precepto constitucional o de un derecho humano, o cuando se omite su estudio, siempre que el asunto, a juicio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, revista un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos.

Resumen

El recurso de revisión en amparo directo es procedente si la sentencia impugnada aborda la constitucionalidad de una norma, la interpretación directa de la Constitución o de derechos humanos, o si omite dicho análisis a pesar de haber sido planteado. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinará la procedencia si el caso reviste un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos, conforme a los artículos 107, fracción IX de la Constitución y 81, fracción II y 96 de la Ley de Amparo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.