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SJF · Tesis

La responsabilidad solidaria no puede presumirse, sino que debe ser consecuencia de una disposición legal o del acuerdo voluntario de las partes.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 ene 2010
Materia
laboral
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La responsabilidad solidaria no puede presumirse, sino que debe ser consecuencia de una disposición legal o del acuerdo voluntario de las partes.

Resumen

Se determina que la Junta de Conciliación y Arbitraje incurrió en un error al condenar a una pluralidad de demandados como responsables solidarios, sin que se hubiera atribuido explícitamente dicha calidad en la demanda o en la legislación aplicable. La responsabilidad solidaria no se presume y requiere ser establecida de manera expresa, ya sea por ley o por voluntad de las partes, lo cual no aconteció en el caso concreto.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.