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2737/2015OtroTCC10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

El recurso de revisión en amparo directo es improcedente cuando los agravios formulados por el recurrente se limitan a impugnar cuestiones de mera legalidad, sin plantear un tema propiamente constitucional.

Expediente
2737/2015
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
27 jun 2016
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El recurso de revisión en amparo directo es improcedente cuando los agravios formulados por el recurrente se limitan a impugnar cuestiones de mera legalidad, sin plantear un tema propiamente constitucional.

Resumen

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el recurso de revisión en amparo directo es improcedente si los agravios se centran en aspectos de legalidad, como la valoración de pruebas o la determinación de montos en pensiones alimenticias, y no abordan la interpretación directa de preceptos constitucionales o la inconstitucionalidad de una norma general. En este caso, los agravios se referían a la fijación de una pensión alimentaria y a una supuesta discriminación, los cuales fueron considerados como cuestiones de mera legalidad, por lo que se desechó el recurso.

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