La autoridad fiscal está facultada para requerir la exhibición de la contabilidad y la documentación relacionada con el cumplimiento de las disposiciones fiscales, pero no puede exigir que esta se presente con integraciones o formalidades específicas no previstas en la ley.
La Sala Regional en Tamaulipas resolvió un juicio de nulidad promovido contra la determinación de un crédito fiscal. El actor argumentó que la autoridad fiscal requirió documentación con requisitos especiales no autorizados y que la orden de visita fue omisa en fundar y motivar la necesidad, idoneidad y proporcionalidad de los requerimientos. La Sala determinó que si bien la autoridad tiene facultades para requerir la contabilidad, estas se limitan a solicitar los documentos e informes generales, sin poder exigir formatos o integraciones específicas. Sin embargo, en el caso concreto, la Sala consideró que los requerimientos de la autoridad se ajustaron a derecho, ya que no se solicitó una integración especial de la contabilidad, sino los documentos e informes que la conforman. Asimismo, se desestimó la argumentación sobre la falta de fundamentación y motivación de la orden de visita, al considerar que se citaron los preceptos legales aplicables y se especificó el periodo a revisar.
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