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SEGUNDA SALA

El principio de mayor beneficio permite al órgano de amparo otorgar una protección más amplia a la solicitada por el quejoso, siempre que ello no vulnere derechos de terceros.

Expediente
3232/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALBERTO PÉREZ DAYÁN
Fecha
18 sep 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

El principio de mayor beneficio permite al órgano de amparo otorgar una protección más amplia a la solicitada por el quejoso, siempre que ello no vulnere derechos de terceros.

Resumen

El Instituto Mexicano del Seguro Social promovió juicio de amparo directo contra un laudo laboral. El Tribunal Colegiado, aplicando el principio de mayor beneficio, declaró fundado uno de los argumentos del IMSS y concedió el amparo. Esto implicó dejar insubsistente el laudo y emitir uno nuevo que restara valor probatorio a las pruebas que lo sustentaban, absolviendo al Instituto de las prestaciones reclamadas. Se negó el amparo a la quejosa adhesiva.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.