La facultad de atracción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación requiere que el asunto reviste un interés y una trascendencia que justifiquen su intervención.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ejerce su facultad de atracción cuando los asuntos sometidos a su conocimiento presentan un interés y una trascendencia que ameritan su intervención. Aunque la Constitución y las leyes no definen estos conceptos, la jurisprudencia ha establecido directrices para su identificación, las cuales son necesarias para determinar cuándo procede dicha facultad.
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