Las cuotas por reproducción de información pública en copias certificadas y las multas por la celebración de bailes o fiestas sin permiso municipal, contenidas en las Leyes de Ingresos municipales, son inconstitucionales cuando vulneran el derecho de acceso a la información, el principio de gratuidad, el derecho de reunión y el principio de igualdad y no discriminación.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió las acciones de inconstitucionalidad 105/2024 y 108/2024, promovidas por el Ejecutivo Federal y la CNDH. Se impugnaron diversas disposiciones de las Leyes de Ingresos de municipios oaxaqueños para el ejercicio fiscal 2024. La Corte determinó que las cuotas por copias certificadas de información pública y las multas por fiestas sin permiso son inconstitucionales por contravenir derechos fundamentales como el acceso a la información, la gratuidad, la libertad de reunión y la igualdad.
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