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548/2023OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer del recurso de revisión contra sentencias dictadas en audiencia constitucional por juzgados de distrito o tribunales colegiados de apelación, cuando se impugnan normas generales por estimarlas inconstitucionales y subsista el problema de constitucionalidad en el recurso.

Expediente
548/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LENIA BATRES GUADARRAMA
Fecha
9 oct 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer del recurso de revisión contra sentencias dictadas en audiencia constitucional por juzgados de distrito o tribunales colegiados de apelación, cuando se impugnan normas generales por estimarlas inconstitucionales y subsista el problema de constitucionalidad en el recurso.

Resumen

El presente extracto define la competencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para conocer de recursos de revisión. Se establece que dicha competencia surge cuando en la demanda de amparo se impugnan normas generales por considerarlas violatorias de la Constitución y el problema de constitucionalidad persiste en la etapa del recurso. Esto aplica a sentencias dictadas en audiencia constitucional por juzgados de distrito o tribunales colegiados de apelación.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.