InvestigaciónDocumento
En línea
48/2026OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
PLENO

La competencia territorial para conocer del amparo directo contra un laudo emitido por una Junta Federal de Conciliación y Arbitraje que se extingue, corresponde al Tribunal Colegiado de Circuito que ejerce jurisdicción en el lugar de residencia de la Junta que originalmente dictó el laudo, aun cuando la competencia se haya transferido a una autoridad sustituta ubicada en otra entidad federativa.

Expediente
48/2026
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
21 may 2026
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La competencia territorial para conocer del amparo directo contra un laudo emitido por una Junta Federal de Conciliación y Arbitraje que se extingue, corresponde al Tribunal Colegiado de Circuito que ejerce jurisdicción en el lugar de residencia de la Junta que originalmente dictó el laudo, aun cuando la competencia se haya transferido a una autoridad sustituta ubicada en otra entidad federativa.

Resumen

El problema jurídico consistió en determinar qué Tribunal Colegiado de Circuito es competente por razón de territorio para conocer de un amparo directo contra un laudo de una Junta Federal de Conciliación y Arbitraje que se extinguió. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la competencia recae en el tribunal del lugar de residencia de la junta original, independientemente de que la competencia se haya transferido a una autoridad sustituta en otra entidad federativa.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.