La competencia territorial para conocer del amparo directo contra un laudo emitido por una Junta Federal de Conciliación y Arbitraje que se extingue, corresponde al Tribunal Colegiado de Circuito que ejerce jurisdicción en el lugar de residencia de la Junta que originalmente dictó el laudo, aun cuando la competencia se haya transferido a una autoridad sustituta ubicada en otra entidad federativa.
El problema jurídico consistió en determinar qué Tribunal Colegiado de Circuito es competente por razón de territorio para conocer de un amparo directo contra un laudo de una Junta Federal de Conciliación y Arbitraje que se extinguió. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la competencia recae en el tribunal del lugar de residencia de la junta original, independientemente de que la competencia se haya transferido a una autoridad sustituta en otra entidad federativa.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.