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SJF · Tesis

El funcionario habilitado por la institución bancaria, en términos del artículo 100 de la Ley de Instituciones de Crédito, tiene facultades para certificar documentos emitidos por empresas que actúan como cámaras de compensación, siempre que procesen información de operaciones de pago con tarjetas de crédito y débito de los bancos.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
29 sep 2023
Materia
civil
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El funcionario habilitado por la institución bancaria, en términos del artículo 100 de la Ley de Instituciones de Crédito, tiene facultades para certificar documentos emitidos por empresas que actúan como cámaras de compensación, siempre que procesen información de operaciones de pago con tarjetas de crédito y débito de los bancos.

Resumen

En un juicio oral mercantil, se cuestionó la validez de la certificación de documentos (tiras auditoras y logs) por parte de un funcionario bancario, argumentando que estos provenían de una empresa externa que actuaba como cámara de compensación. El tribunal determinó que dicho funcionario sí tiene facultades para certificar estas constancias, ya que forman parte de los registros históricos de la institución bancaria, independientemente de que inicialmente fueran resguardadas por la cámara de compensación.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.