La imposición de una multa como medida de apremio por parte de la Procuraduría Federal del Consumidor, cuando excede el monto mínimo establecido, requiere que la autoridad motive la gravedad de la conducta y la capacidad económica del infractor, sin que sea aplicable el artículo 132 de la Ley Federal de Protección al Consumidor para la individualización de sanciones por infracciones.
La Sala Regional del Pacífico del Tribunal Federal de Justicia Administrativa resolvió un juicio contencioso administrativo en contra de una multa impuesta por la Procuraduría Federal del Consumidor. La actora argumentó que la multa carecía de la debida fundamentación y motivación. El Tribunal determinó que, si bien la multa se impuso por no desahogar un requerimiento, la autoridad sí cumplió con la obligación de motivar la gravedad de la conducta y la capacidad económica del infractor, elementos necesarios para individualizar el monto de la multa al exceder el mínimo legal. Por lo tanto, se reconoció la validez de la resolución impugnada.
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