El sistema normativo que grava la enajenación de acciones realizada por residentes en el extranjero, sin considerar la posibilidad de que el adquirente sea también residente en el extranjero, contraviene el principio de igualdad tributaria.
El tribunal federal concedió el amparo a la parte quejosa contra actos que gravaban la enajenación de acciones realizada por residentes en el extranjero. Se determinó que el marco normativo, al no prever la situación en la que el adquirente también sea residente en el extranjero, genera una desigualdad tributaria injustificada, al someter a un tratamiento fiscal más gravoso a operaciones que, por su naturaleza, podrían tener una conexión más débil con el país.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.