La debida identificación del servidor público que ejecuta un acto de molestia es un requisito indispensable para garantizar la seguridad jurídica del gobernado, cuya omisión genera la nulidad lisa y llana del acto.
Se demandó la nulidad de una boleta de infracción emitida por un guardia de la Guardia Nacional. La parte actora argumentó indebida motivación de la sanción, específicamente por la falta de identificación completa del funcionario. El tribunal determinó que, si bien el guardia se identificó con una credencial institucional, omitió señalar quién expidió dicha credencial, lo que generó incertidumbre y violó la garantía de seguridad jurídica. Por lo tanto, se declaró la nulidad lisa y llana del acto impugnado.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.