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674/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Segundo Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito

El sobreseimiento del juicio de amparo procede cuando, con posterioridad a su interposición, las partes celebran un convenio que extingue la materia del acto reclamado, aun cuando este subsista formalmente.

Expediente
674/2025
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito
Ponente
Martín Fernando García Vázquez
Fecha
18 may 2026
Materia
laboral
Sentido

Holding · resolución sintética

El sobreseimiento del juicio de amparo procede cuando, con posterioridad a su interposición, las partes celebran un convenio que extingue la materia del acto reclamado, aun cuando este subsista formalmente.

Resumen

El Segundo Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito determinó sobreseer un juicio de amparo directo al actualizarse la causal de improcedencia relativa a la insubsistencia del acto reclamado. Esto ocurrió porque, tras la promoción del amparo, la parte quejosa y la trabajadora celebraron un convenio, la patronal entregó títulos de crédito y la autoridad responsable aprobó dicho acuerdo, extinguiendo así la materia del litigio.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.