InvestigaciónDocumento
En línea
382/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Vigésimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído

Se declaran inoperantes los diversos agravios que proponen las recurrentes, dado que constituyen una reiteración de los razonamientos hechos valer en el juicio de amparo al rendir su respectivo informe justificado, sin que ahora expongan argumentos concreto tendente a desvirtuar las consideraciones por las cuales la juez federal desestimó tales causales de improcedencia. Ineficaz diverso agravio, habida cuenta al rendir su informe justificado el Director General Jurídico Consultivo y de Implementación del Sistema de Justicia Penal de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, reconoció la existencia del acto que se le atribuyó consistente en la emisión del oficio. ineficaces diversos motivos de agravio, habida cuenta que el quejoso reclamó los lineamientos por medio de los cuales se le otorgó el pago del concepto de aguinaldo correspondiente a los ejercicios fiscales 2018 a 2022; cuyo acto de aplicación tuvo lugar con la emisión del oficio reclamado, sin que el pago por tal concepto que percibió la persona quejosa, en los referidos ejercicios fiscales, pueda considerarse como el punto de partida para determinar la oportunidad en la promoción del juicio contra los citados lineamientos. Inoperantes los motivos de agravio que expone el Director General de Recursos Humanos de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, para cuestionar la concesión de amparo contra la norma general, ya que al tener el carácter de autoridad ejecutora, carece de legitimación. Por otro lado, resultan infundados diversos argumentos, ya que sí es aplicable lo establecido en el artículo 42 bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Inoperantes diversos motivos de agravios de la Secretaria de Administración y Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México, ya que pretende defender actos que no son propios, como la legalidad del oficio reclamado. Ineficaz cuarto agravio del Director General de Recursos Humanos de la FGJCDMX, toda vez que los efectos de un amparo contra leyes son los de proteger a la persona quejosa contra su aplicación presente y futura.

Expediente
382/2025
Tribunal
Vigésimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Alicia Larios Rico
Fecha
3 jul 2025
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Se declaran inoperantes los diversos agravios que proponen las recurrentes, dado que constituyen una reiteración de los razonamientos hechos valer en el juicio de amparo al rendir su respectivo informe justificado, sin que ahora expongan argumentos concreto tendente a desvirtuar las consideraciones por las cuales la juez federal desestimó tales causales de improcedencia. Ineficaz diverso agravio, habida cuenta al rendir su informe justificado el Director General Jurídico Consultivo y de Implementación del Sistema de Justicia Penal de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, reconoció la existencia del acto que se le atribuyó consistente en la emisión del oficio. ineficaces diversos motivos de agravio, habida cuenta que el quejoso reclamó los lineamientos por medio de los cuales se le otorgó el pago del concepto de aguinaldo correspondiente a los ejercicios fiscales 2018 a 2022; cuyo acto de aplicación tuvo lugar con la emisión del oficio reclamado, sin que el pago por tal concepto que percibió la persona quejosa, en los referidos ejercicios fiscales, pueda considerarse como el punto de partida para determinar la oportunidad en la promoción del juicio contra los citados lineamientos. Inoperantes los motivos de agravio que expone el Director General de Recursos Humanos de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, para cuestionar la concesión de amparo contra la norma general, ya que al tener el carácter de autoridad ejecutora, carece de legitimación. Por otro lado, resultan infundados diversos argumentos, ya que sí es aplicable lo establecido en el artículo 42 bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Inoperantes diversos motivos de agravios de la Secretaria de Administración y Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México, ya que pretende defender actos que no son propios, como la legalidad del oficio reclamado. Ineficaz cuarto agravio del Director General de Recursos Humanos de la FGJCDMX, toda vez que los efectos de un amparo contra leyes son los de proteger a la persona quejosa contra su aplicación presente y futura.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.