Las notificaciones en materia fiscal no deben realizarse por medio de la Gaceta Oficial del Departamento del Distrito Federal, en virtud de que la ley de la materia no contempla dicho medio de notificación.
La Sala Superior del Tribunal Fiscal determinó que la Gaceta Oficial del Departamento del Distrito Federal no es el medio idóneo para realizar notificaciones en materia fiscal. Esto se fundamenta en que el artículo 28 de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, que regula las formas de notificación a los causantes, no incluye a dicha Gaceta como un medio válido para tal efecto. Por lo tanto, la decisión de la Sala sentenciadora de considerar improcedente una notificación realizada por esa vía fue correcta.
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