La inconstitucionalidad de los artículos 133 y 133-A del Código Fiscal de la Federación no puede ser analizada en el contexto de un juicio de nulidad contra un oficio de determinación de crédito fiscal, pues dicho medio de defensa tiene como finalidad el control de legalidad de los actos administrativos, no la de declarar la invalidez de normas generales.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que un juicio de nulidad promovido contra un oficio de determinación de crédito fiscal no es la vía idónea para analizar la constitucionalidad de los artículos 133 y 133-A del Código Fiscal de la Federación. El Máximo Tribunal explicó que el juicio de nulidad tiene como objeto el control de legalidad de los actos administrativos emitidos por las autoridades fiscales, y no la de declarar la invalidez de normas generales o la inconstitucionalidad de leyes.
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