La presentación de declaraciones fiscales a requerimiento de la autoridad, fuera del plazo legal, constituye una infracción sancionable con multa, conforme a una interpretación sistemática de los artículos 81, fracción I, y 82, fracción I, inciso a), del Código Tributario Federal.
El criterio establece que la presentación de declaraciones fiscales después de que la autoridad fiscal lo ha requerido, y fuera del plazo legal, es una infracción sancionable con multa. Esto se deriva de una interpretación sistemática de los artículos 81, fracción I, y 82, fracción I, inciso a), del Código Tributario Federal, los cuales, en conjunto, tipifican la infracción y establecen la sanción correspondiente para este supuesto, sin que ello implique una analogía prohibida.
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