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205/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

El recurso de reclamación es procedente cuando se interpone contra el acuerdo que admite a trámite el recurso de revisión, siempre que se cumpla con el requisito de legitimación.

Expediente
205/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALBERTO PÉREZ DAYÁN
Fecha
3 jul 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El recurso de reclamación es procedente cuando se interpone contra el acuerdo que admite a trámite el recurso de revisión, siempre que se cumpla con el requisito de legitimación.

Resumen

El presente caso resuelve un recurso de reclamación interpuesto por Mexauria Solutions, S. de R.L. de C.V., contra el acuerdo que admitió a trámite un recurso de revisión en un juicio de amparo directo. La quejosa argumentó que las autoridades responsables interpretaron de manera restrictiva y equivocada diversos artículos de la Ley de Ingresos de la Federación, la Ley del Impuesto al Valor Agregado y el Código Fiscal de la Federación, transgrediendo principios constitucionales. El Tribunal Colegiado concedió el amparo, ordenando una nueva resolución que prescindiera de la interpretación previa y considerara lo resuelto sobre la interpretación de los preceptos legales invocados.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.