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236/2022TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito

El desistimiento de una solicitud de devolución de saldo a favor no opera por el simple hecho de que un tercero retenedor no haya enterado al fisco las aportaciones respectivas.

Expediente
236/2022
Tribunal
Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito
Ponente
Oscar Naranjo Ahumada
Fecha
4 oct 2023
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

El desistimiento de una solicitud de devolución de saldo a favor no opera por el simple hecho de que un tercero retenedor no haya enterado al fisco las aportaciones respectivas.

Resumen

El tribunal ampara al quejoso al determinar que el desistimiento de una solicitud de devolución de saldo a favor no puede ser invalidado por la omisión de un tercero retenedor en enterar las aportaciones al fisco. La obligación del contribuyente de solicitar la devolución y la responsabilidad del retenedor son independientes, y la inacción de este último no puede perjudicar el derecho del primero a obtener la devolución de lo indebidamente pagado.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.