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211/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La gratuidad de la educación superior pública es un derecho fundamental progresivo y gradual que no implica la ausencia total de cobros por servicios específicos, siempre que estos no impidan el acceso o la permanencia del estudiante.

Expediente
211/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
26 feb 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La gratuidad de la educación superior pública es un derecho fundamental progresivo y gradual que no implica la ausencia total de cobros por servicios específicos, siempre que estos no impidan el acceso o la permanencia del estudiante.

Resumen

El presente amparo en revisión aborda la negativa de inscripción a una especialidad por falta de pago de una cuota. La Juez de Distrito concedió el amparo al considerar que el cobro violaba el derecho a la educación gratuita en su nivel superior. Sin embargo, en la revisión, las autoridades responsables argumentaron que la gratuidad es progresiva y gradual, y que el cobro en cuestión no impide el acceso o la permanencia del estudiante. La Suprema Corte de Justicia de la Nación desestimó la improcedencia por acto consumado y analizó la naturaleza progresiva del derecho a la educación superior gratuita.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.