La demanda de nulidad en contra de una boleta de infracción puede presentarse en cualquier tiempo si la autoridad omite señalar el medio de defensa, la autoridad competente y el plazo para su interposición.
La presente tesis resuelve la contradicción de criterios sobre el plazo para interponer la demanda de nulidad contra una boleta de infracción de tránsito. Se establece que si la autoridad no indica el medio de defensa, la autoridad competente ni el plazo para interponer la demanda, esta podrá presentarse en cualquier tiempo, privilegiando el acceso a la justicia y la seguridad jurídica del gobernado.
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