La infracción de deberes comunes a todos los obligados a servir al Ejército no se configura si la conducta del sujeto activo no encuadra en las hipótesis normativas específicas que definen dicho delito.
El presente caso aborda la configuración del delito de infracción de deberes comunes a todos los que están obligados a servir al Ejército. Se determina que dicho delito no se actualiza si la conducta del sujeto activo no se ajusta a las hipótesis normativas específicas que lo definen. Por lo tanto, la simple omisión o el incumplimiento de deberes generales no son suficientes para configurar este ilícito penal militar.
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