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6763/23-17-09-4ConcedeTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Novena Sala Regional en la Ciudad de México

La naturaleza autoaplicativa o heteroaplicativa de una norma general se determina por la incondicionalidad o condicionalidad de sus efectos en la esfera jurídica del particular, sin requerir un acto de aplicación intermedio en el primer caso.

Expediente
6763/23-17-09-4
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
17 abr 2026
Materia
fiscal
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La naturaleza autoaplicativa o heteroaplicativa de una norma general se determina por la incondicionalidad o condicionalidad de sus efectos en la esfera jurídica del particular, sin requerir un acto de aplicación intermedio en el primer caso.

Resumen

La Novena Sala Regional en la Ciudad de México del TFJA determinó que la Regla 3.9.15 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 no es autoaplicativa, sino heteroaplicativa. Esto se debe a que su afectación jurídica al contribuyente no es inmediata, sino que requiere de un acto de aplicación posterior, como la presentación de la declaración anual, para que se materialicen sus efectos. Por lo tanto, la demanda se presentó en tiempo y forma, desestimando la causal de improcedencia por consentimiento.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.