El recurso de reclamación interpuesto contra el auto que negó la suspensión en una controversia constitucional es oportuno si se presenta dentro del plazo legal, considerando los días hábiles para el cómputo.
El Poder Ejecutivo interpuso un recurso de reclamación contra la negativa de suspensión en una controversia constitucional. El recurso se presentó dentro del plazo de cinco días, computado a partir de la notificación del auto recurrido y excluyendo los días inhábiles. La Primera Sala determinó que los agravios del recurrente son infundados, tras analizar la regulación del juicio político y las notas elementales de la suspensión en controversias constitucionales.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.