Juzgado Primero de Distrito en Materia Mercantil Federal en el Estado de Tabasco· tema sin holding extraído
Se condena a la demandada a pagar a la actora la suerte principal derivado de los trabajos y servicios amparados en los catorce comprobantes fiscales base de la acción, en el equivalente, en moneda nacional, al tipo de cambio vigentes en el lugar y fecha en que deba hacerse el pago (artículo 8 de la Ley Monetaria) y se condena a la demandada al pago de los intereses a razón del 6% (seis por ciento) anual respecto del importe que ampara cada factura fundatoria, a partir del día siguiente al en que vencieron y hasta la liquidación total del adeudo, los cuales se cuantificarán en ejecución de sentencia, mediante el incidente respectivo.
Expediente
14/2023
Tribunal
Juzgado Primero de Distrito en Materia Mercantil Federal en el Estado de Tabasco
Ponente
José del Carmen Constantino Avendaño
Fecha
4 sep 2023
Materia
mercantil
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Se condena a la demandada a pagar a la actora la suerte principal derivado de los trabajos y servicios amparados en los catorce comprobantes fiscales base de la acción, en el equivalente, en moneda nacional, al tipo de cambio vigentes en el lugar y fecha en que deba hacerse el pago (artículo 8 de la Ley Monetaria) y se condena a la demandada al pago de los intereses a razón del 6% (seis por ciento) anual respecto del importe que ampara cada factura fundatoria, a partir del día siguiente al en que vencieron y hasta la liquidación total del adeudo, los cuales se cuantificarán en ejecución de sentencia, mediante el incidente respectivo.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.