El amparo promovido contra una sentencia del Tribunal Fiscal de la Federación es improcedente, y debe sobreseerse, si previamente se declaró fundada una revisión fiscal interpuesta contra dicha sentencia, ordenando la emisión de una nueva, pues los efectos del acto reclamado han cesado.
Cuando se declara fundada una revisión fiscal y se ordena al Tribunal Fiscal emitir una nueva sentencia, el amparo promovido contra la sentencia original se vuelve improcedente. Esto se debe a que los efectos del acto reclamado han cesado por la relación directa con la revisión fiscal. Por lo tanto, el juicio de amparo debe sobreseerse conforme a la Ley de Amparo.
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