La facultad de supervisar y sancionar a los especialistas en concursos mercantiles, conferida al Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, debe ser acotada por las figuras de prescripción y caducidad para garantizar la seguridad jurídica.
El Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles tiene facultades para supervisar y sancionar a los especialistas en concursos mercantiles, conforme a los artículos 311, fracción VIII, 336 y 338 de la Ley de Concursos Mercantiles. Para salvaguardar el derecho a la seguridad jurídica consagrado en el artículo 16 constitucional, estas atribuciones deben ser delimitadas mediante los institutos de prescripción y caducidad, a fin de prevenir actos arbitrarios.
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