El impedimento planteado por una magistrada integrante de un tribunal colegiado es legal cuando se actualizan las causas previstas en la ley para excusarse de conocer un asunto, garantizando así la imparcialidad y legalidad del proceso judicial.
El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito declaró legal el impedimento planteado por una de sus magistradas para conocer del amparo directo DA-252/2026. En consecuencia, se ordenó remitir la resolución a la Secretaría Ejecutiva de Adscripción para que se designe a un magistrado sustituto que integre el pleno del tribunal y pueda discutir y fallar el asunto, asegurando así la correcta integración del órgano jurisdiccional y la debida impartición de justicia.
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