Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito· tema sin holding extraído
Devolución del impuesto al valor agregado.- El Municipio contribuyente de llevar contabilidad en términos de lo dispuesto por el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento, pues dicha obligación se encuentra prevista en los artículos 3° y 32, fracción I, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado
Expediente
130/2022
Tribunal
Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito
Ponente
Oscar Hernández Peraza
Fecha
9 may 2023
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Devolución del impuesto al valor agregado.- El Municipio contribuyente de llevar contabilidad en términos de lo dispuesto por el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento, pues dicha obligación se encuentra prevista en los artículos 3° y 32, fracción I, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado
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