InvestigaciónDocumento
En línea
6799/2014ConcedeJuzgadoConcede parcial10ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México

El proceso legislativo del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, publicado el 9 de diciembre de 2013 y su reforma del 18 de noviembre de 2015, es inconstitucional en cuanto permite que la sola omisión de ejercer el derecho de prueba en una revisión electrónica dé lugar a exigir el pago de una preliquidación mediante el procedimiento administrativo de ejecución.

Expediente
6799/2014
Tribunal
Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México
Ponente
Ileana Moreno Ramírez
Fecha
7 nov 2016
Materia
administrativa
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

El proceso legislativo del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, publicado el 9 de diciembre de 2013 y su reforma del 18 de noviembre de 2015, es inconstitucional en cuanto permite que la sola omisión de ejercer el derecho de prueba en una revisión electrónica dé lugar a exigir el pago de una preliquidación mediante el procedimiento administrativo de ejecución.

Resumen

El Juzgado de Distrito sobresee el juicio respecto de la aplicación de disposiciones fiscales y normas de la Resolución Miscelánea Fiscal, así como de actos de autoridades ejecutoras y legislativas. Niega el amparo contra diversos artículos del Código Fiscal de la Federación, la Resolución Miscelánea Fiscal y su Reglamento. Sin embargo, concede el amparo contra el proceso legislativo del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, al considerar que la sola omisión de ofrecer pruebas en una revisión electrónica no puede justificar el cobro de una preliquidación por vía de ejecución.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.