La responsabilidad ilimitada y solidaria de los socios de una sociedad mercantil subsiste frente a terceros hasta cinco años después de la publicación de su liquidación, sin que puedan considerarse ajenos a los juicios promovidos contra la sociedad antes de cumplirse dicho plazo.
Se establece que la responsabilidad ilimitada y solidaria de los socios de una sociedad mercantil no termina con la liquidación de la misma, sino que perdura por un plazo de cinco años a partir de su publicación. Por lo tanto, los socios no pueden ser considerados ajenos a los juicios que se inicien contra la sociedad dentro de ese periodo, siempre que se cumplan los requisitos legales establecidos.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.